¿Qué diferencia existe entre contratar la Póliza mediante una correduría o contratarla directamente con la compañía?

La principal diferencia consiste en que el Corredor de seguros está obligado a hacer un análisis objetivo, es decir, analizar lo que el mercado ofrece y trasladarle la información al cliente, buscando la mejor alternativa para el seguro que desea contratar.
Por el contra, piense que un agente exclusivo de una compañía solamente le puede ofrecer una alternativa. Lo más probable es que le intente convencer de que su producto es el mejor, aunque no sea así en la mayoría de los casos.

¿Resulta más caro contratar el seguro con una Correduría?

NO. De hecho, es más habitual el caso contrario, en que el mismo seguro se contrata por mejor precio a través de un corredor.
Pensemos que si un Corredor trabaja con varias aseguradoras, todas ellas le ofrecerán sus mejores condiciones precisamente para ser las “elegidas” a la hora de que el Corredor asesore a sus asegurados.

¿En que consiste su trabajo, a parte de la emisión de la póliza?

Nuestro trabajo es previo a la contratación del seguro, ya que analizamos las necesidades del cliente y le ofrecemos un asesoramiento independiente y basado en el análisis del mercado. Además, una vez emitida la póliza , nos encargamos de asesorarle cuando ocurre el siniestro y de la gestión administrativa necesaria para que la póliza cumpla su misión.

¿Pueden ayudarme con alguna duda, gestión ó siniestro de una póliza que no he contratado en su correduría?

Si, podemos ayudarle también en esos casos. Consúltenos, nuestra formación técnica e independencia son un valor añadido.

¿Pueden ustedes gestionar una póliza que no he contratado con ustedes?

Si. El tomador del seguro puede trasladar a nuestra correduría la gestión de un contrato que inicialmente no se contrató con nuestra mediación.
El único requisito es que se trate de una póliza de cualquiera de las aseguradoras con las que trabajamos.
Para trasladarnos la gestión de una póliza, simplemente hay que formalizar una carta de nombramiento, que es básicamente un escrito en el que el tomador del seguro comunica a la compañía su voluntad de la póliza sea gestionada por un mediador en concreto.
Solicítanos información.